¿Por qué se lo suspendió?
Porque el docente tiene dos condenas penales por delitos sexuales contra menores:
-Condena vigente (2024): 1 año y 1 mes de prisión de cumplimiento efectivo por abuso sexual simple. -Condena anterior (2015): 3 años de prisión condicional por abuso sexual con acceso carnal.
-Además, tiene una tercera causa administrativa abierta por incidentes y actos de violencia con un alumno.
¿Qué nos exige la ley?
Ante antecedentes tan graves, la normativa obliga a:
-Suspender preventivamente al docente.
-Iniciar un sumario, que podría terminar en su exoneración del cargo.
Estas medidas están previstas en el Decreto 1311/1999 y en la Ley 647-E (Estatuto del Docente).
El Ministerio actuó como corresponde y seguirá haciéndolo para garantizar: la seguridad de los estudiantes, el respeto a la función docente, y por escuelas donde los niños y adolescentes estén protegidos.
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