La ley establece un aporte personal del 2% sobre las remuneraciones de los agentes de la administración pública provincial y municipal, y del 2,5% para funcionarios electivos y cargos de conducción superior de los tres Poderes del Estado.
Además, fija una contribución del Estado Provincial, municipios, ECOM Chaco S.A. y el Fondo de Jubilaciones del InSSSeP del 2% para agentes y del 2,5% para funcionarios alcanzados por la norma.
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