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Carne de burro en Argentina:

Qué dicen las leyes y por qué no se puede vender

En medio de la crisis económica que atraviesa la Argentina, resurge un debate sensible: el consumo y la comercialización de carne de burro y otros equinos.

Para entender qué está permitido y qué no, hay que ir directamente a la normativa vigente.

El principal marco legal es el Código Alimentario Argentino, que regula qué alimentos pueden comercializarse en el país.

En su Artículo 247, el Código define qué se entiende por “carne” y establece las especies habilitadas para consumo humano, entre ellas bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, aves y otras especies específicas.

En esa lista no figuran los equinos, es decir, ni caballo, ni burro, ni mula.

Este punto es clave:
no existe una ley que diga explícitamente “está prohibido comer carne de burro”, sino que la prohibición surge de otro mecanismo legal:

Solo se puede comercializar lo que está autorizado.
Lo que no está en el Código, queda automáticamente fuera del circuito legal.

Por eso, la carne de burro no puede venderse en carnicerías ni supermercados, ya que no está contemplada como especie apta para consumo en el mercado interno

En cuanto a los equinos en general, aparece otra norma importante: el Decreto 974/1998.

Este decreto:

Eliminó antiguas restricciones sobre la faena de equinos

Permitió la producción y exportación de carne de caballo

Pero atención:
👉 No habilitó su consumo en el mercado interno, porque eso sigue dependiendo del Código Alimentario.

En la práctica, esto genera una situación particular:

✔️ Se puede faenar caballo en frigoríficos habilitados

✔️ Se puede exportar carne equina

No se puede vender en Argentina

No se puede comercializar carne de burro bajo ningún circuito legal

Desde el punto de vista social y económico, este vacío legal también refleja una realidad:
cuando el precio de la carne vacuna aumenta, surgen alternativas informales que quedan fuera de todo control sanitario.

Especialistas advierten que vender carne no habilitada puede constituir:

Infracción sanitaria

Fraude alimentario

o faena clandestina

Todo esto debido a que no existe trazabilidad ni inspección oficial.

En síntesis, en la Argentina no hay una ley que prohíba explícitamente comer carne de burro, pero sí un sistema legal claro:
solo puede venderse lo que el Código Alimentario autoriza.

Y hoy, ni el burro ni el caballo forman parte de ese listado para el consumo interno.

Un tema que vuelve al debate público y que expone, una vez más, la tensión entre la ley, la cultura y la situación económica.

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